Como se recoge en el preámbulo de la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental, este instrumento de desarrollo sostenible e integrador resulta indispensable para la protección del medio ambiente, facilita la incorporación de los criterios de sostenibilidad en la toma de decisiones estratégicas a través de la evaluación de los planes y programas. Igualmente, a través de la evaluación de proyectos, garantiza una adecuada prevención de los impactos ambientales concretos que se puedan generar, al tiempo que establece mecanismos eficaces de corrección o compensación.
La normativa contempla dos procedimientos básicos de evaluación ambiental en función de la naturaleza de la actividad que se quiera regular. Si se trata de planes y programas susceptibles de provocar un efecto negativo sobre el medio ambiente, en ese caso se debe llevar a cabo una evaluación ambiental estratégica, mientras que si se trata de proyectos, se debe efectuar una evaluación de impacto ambiental.
FOA Ambiental dispone de una extensa y contrastada experiencia en la realización de los distintos procedimientos de evaluación ambiental recogidos en la normativa vigente, como son:
– Estudios de Impacto ambiental (EIA): procedimiento simplificado y ordinario
– Evaluación Ambiental Estratégica (EAE): procedimiento simplificado y ordinario
– Estudios de repercusiones ambientales (ERA): para proyectos que afectan a espacios de la Red Natura 2000
De igual forma, también se realizan todo tipo de estudios específicos complementarios para evaluar aspectos ambientales concretos como por ejemplo estudios acústicos, de gestión de residuos, geológicos, hidrológicos, de flora y fauna, etc.
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